El Gobierno popular en la Comunidad de Madrid sigue discriminando a las familias numerosas en la EMT y Metro
Si no tienen el abono de 30 días o el abono anual no les aplican los descuentos por ser familia numerosa. Sin embargo si eres transexual puedes ir gratis en Metro
El jueves pasado, durante el pleno de la Asamblea de Madrid, el grupo de Ciudadanos denunció la no aplicación de los descuentos por ser familia numerosa en los billetes sencillos y bonos combi de 10 viajes. Es decir, si la familia numerosa no paga el abono de 30 días o el abono anual, no se puede beneficiar de los descuentos por tener dicha condición.
Según la Ley 40/2003, se aplica un descuento del 50% en el transporte a las familias numerosas de categoría especial y un 20% a las familias numerosas de categoría general. Esta Ley no se aplica, a menos que pagues 30 días o 1 año por adelantado.
“Clara discriminación incrementada por el hecho de que en la Comunidad de Madrid nunca se ha aplicado la Ley 40/2003. Únicamente se aplica en Renfe Cercanías y eso es porque hay una sentencia judicial detrás”, denuncian desde la asociación de familias numerosas de Madrid (AFNM).
“Sin embargo, si eres transexual en Madrid, puedes ir gratis en Metro. Y la razón es para evitar la discriminación sobre las personas transexuales, aunque no haya una base razonable para pensar que por ir gratis en el Metro te vayan a dejar de discriminar. ¿O es que acaso a estas personas les cobraban más por serlo? En cambio, a las familias numerosas si nos cobran más”, nos dice María Menéndez, presidenta de la AFNM.
El Consorcio Regional de Transportes de Madrid (CRTM), que siempre ha sido elogiado por su capacidad de gestionar a los diferentes modos de transporte en la Comunidad de Madrid, ha sido siempre discriminatorio con las familias numerosas.
No solo no aplican la Ley 40/2003 sobre los beneficios en las tarifas del transporte en la EMT y en el Metro, sino que tampoco aplican la Ley 26/2015 del 28 de julio de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, operativa desde el 18 de agosto de 2015. Dicha Ley dice en su disposición final quinta que “el título seguirá en vigor, aunque el número de hijos que cumplen las condiciones para formar parte del título sea inferior al establecido en el artículo 2, mientras al menos uno de ellos reúna las condiciones previstas en el artículo 3”.
El CRTM decide unilateralmente que cuando la familia numerosa tiene que renovar su título, hasta que no lo tenga de nuevo vigente, no se aplican los beneficios por ser FN a dicha familia, y cobrándole por ello la tarifa normal. La AFNM ya presentó reclamación ante la oficina del CRTM representando a miles de familias numerosas. Además, se seguirá denunciando estos atropellos a las familias en la Asamblea de Madrid y en el Ayuntamiento de Madrid.