Maternidad subrogada(MS)
El primer acuerdo legal de MS tuvo lugar en EEUU en 1976 a través de una inseminación artificial(del marido de una mujer infértil que no podía producir óvulos sanos).Actualmente los avances de la reproducción asistida y de las técnicas de FIV ofrecen a las parejas estériles nuevas posibilidades de tener hijos con sus propios gametos.
***La MS es frecuente actualmente.La pareja que desea tener un hijo por este medio acuerda mediante contrato con la mujer dispuesta a gestar y dar a luz el embrión obtenido por FIV,y la pareja contratante se reserva el derecho a ser los padres legales del niño así como otras claúsulas reflejadas en el contrato,incluyendo incluso el derecho al aborto si el hijo «encargado» presenta alguna anomalia. La pareja contratante adquiere así el dominio temporal sobre el cuerpo de la mujer que se compromete a gestar por motivos económicos casi siempre.
La MS está de moda en Occidente entre aquellos que no pueden tener hijos y también en parejas homosexuales,existiendo incluso agencias internacionales dedicadas a este negocio(como p.e. Baby Bloom,con sede en Londres).
***La MS no se puede admitir porque plantea importantes problemas éticos,entre otros:
-El niño es tratado como un producto que debe someterse a un standard de calidad,lo que constituye un grave atentado contra la dignidad humana y viola la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea,que establece «la prohibición de hacer del cuerpo humano y sus partes una fuente de ganancias económicas»
-Crea dudas respecto a quién es la verdadera madre,lo que se conoce como «maternidad fragmentada» al quedar dividida entre varias mujeres la función materna:madre biológica,la que lo gestó y dió a luz,una eventual donante de óvulos…La Iglesia católica condena la subrogación y afirma que,en cualquier caso,la madre subrogada debería ser reconocida como la única madre legal del niño por el hecho de haberlo gestado y dado a luz.
***El Parlamento Europeo ha condenado recientemente la MS(informe anual/2014,aprobado el 17-XII-2015) por considerar que «atenta contra la dignidad de la mujer,cuyo cuerpo y función reproductiva son utilizadas como mercancias»(…) y ello perjudica especialmente a las mujeres más vulnerables de los paises en desarrollo.El Parlamento determinó que el negocio de los VA debería «estar prohibido» por los paises y ser «tratado como un asunto de urgencia» en relación con los derechos humanos.