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Publicamos los tres mejores trabajos del Curso de Doctrina Social de la Iglesia. Haz clic sobre cada titulo y podrás disfrutar de su lectura al completo. Los temas escogidos son:

Compartimos algunos fragmentos de cada trabajo de nuestros alumnos para ofrecer algunas pinceladas de tan magnificas exposiciones sobre los títulos seleccionados. 


LA JUSTICIA SOCIAL

Un concepto a debate

ANTONIO ARÉVALO VILLA
TRABAJO FINAL DE CURSO SOBRE LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA

INTRODUCCIÓN

Los cristianos sabemos que la dignidad del ser humano es original; es decir, está en los orígenes mismos de su existencia como ser creado por Dios a su imagen y semejanza. Desde nuestro origen somos también seres sociales (por algo fuimos creados hombre y mujer) y libres para buscar a Dios y poder realizarnos plenamente; es esta libertad «la que hace del hombre un sujeto moral»

Buscando realizar actos moralmente buenos, el hombre se realiza mediante una vida virtuosa. El catecismo define la virtud como «disposición natural y firme a hacer el bien»

Las virtudes «regulan nuestros actos, ordenan nuestras pasiones y guían nuestra conducta según la razón y la fe».

Todas las virtudes se agrupan alrededor de cuatro, llamadas por ello cardinales.
El catecismo nos recuerda la enseñanza del libro de la Sabiduría: «¿Amas la justicia? Las virtudes son el fruto de sus esfuerzos, pues ella enseña la templanza y la prudencia, la justicia y la fortaleza».

Como virtud, la justicia consiste en «la constante y firme voluntad de dar a Dios y al prójimo lo que le es debido»; pero la justicia es también un valor fundamental que el hombre ha de ejercer para vivir en sociedad y así lo reconoce el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (Compendio, en adelante) recogiendo la opinión de Santo Tomás de Aquino.

Como valor, la justicia se convierte en punto de referencia para ordenar la vida social con el objetivo de alcanzar el bien moral que los principios de la Doctrina Social de la Iglesia (dignidad de la persona humana, bien común, subsidiaridad y solidaridad) aspiran a conseguir. Como expone el Compendio, la justicia social «representa un verdadero y propio desarrollo de la justicia general, reguladora de las relaciones sociales según el criterio de la observancia de la ley.
La justicia social es una exigencia vinculada con la cuestión social, que hoy se manifiesta con una dimensión mundial; concierne a los aspectos sociales, políticos y económicos y, sobre todo a la dimensión estructural de los problemas y las soluciones correspondientes».

Este texto de Juan Pablo II que recoge el Compendio, no parece una definición clara de qué es la justicia social,
¿Cuál es el contenido exacto que trataría? ¿Cuáles sus objetivos y metodología?; además, dado que la definición clásica de justicia distingue entre justicia conmutativa, distributiva y legal, se hace necesario ver cómo encajaría esta concepción de la justicia social dentro de la visión clásica de justicia. En un artículo de febrero de 2019 en Infovaticana, Miguel Ángel Sanz afirmaba: «Por mucho que se lea sobre justicia social, es prácticamente imposible encontrar una definición… Ni la define el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia. Ni la define el Catecismo de la Iglesia Católica. A pesar de que el Catecismo dedica todo un capítulo a la justicia social».

Para añadir más confusión, la denominación de justicia social se ha extendido al ámbito económico, social jurídico y político. La ONU ha declarado el 20 de febrero como el día de la justicia social y relaciona este término con los de desarrollo social, trabajo, reducción de la pobreza y promoción de «sistemas económicos nacionales y mundiales basados en los principios de la justicia, la equidad, la democracia, la participación, la transparencia, la rendición de cuentas y la inclusión»

UNICEF, en la explicación de esta celebración, aclara que «la justicia social se basa en la igualdad de oportunidades y en los derechos humanos, más allá del concepto tradicional de justicia legal»

Desde el análisis anglosajón, hay quien equipara justicia social con las tesis de John Rawls, para el que la justicia social, según resume Carlos Andrés Pérez-Garzón12, «consiste en la adecuada organización de una sociedad democrática donde se respeten y promuevan en la mayor medida posible las libertades y oportunidades de todos»,

Desde otros puntos de vista, incluido el filosófico, hay quien tiende a equiparar justicia social con justicia distributiva. «El pensamiento clásico y el pensamiento contemporáneo en torno a la justicia coinciden en plantear el problema de la justicia distributiva o justicia social en relación con la manera más adecuada de distribuir los bienes y las cargas, así como los derechos y los deberes entre los miembros de una sociedad determinada», afirma Carlos de la Torre.

En política, el uso y abuso del término ha acabado en gran medida con su significado. Usado a principio de siglo XX por conservadores católicos y, a mediados de siglo, durante la dictadura de Franco, ha acabado siendo «tomado como rehén por los progresistas, tanto en el mundo secular como en la Iglesia. Lo han convertido en un término genérico para ayudarles en la imposición de fórmulas ideológicas y de derechos recién concebidos en nuestras instituciones comunes, o para promover sus causas preferidas» Esta afirmación de Marlin adquiere tintes esperpénticos, aunque también humorísticos, cuando encuentro en este mes de mayo de 2021 un grupo de Facebook, con más de 20.000 miembros, denominado «YO ESTOY CON ROCÍO CARRASCO, JUSTICIA SOCIAL PARA ELLA».

     Este trabajo no aspira a desenredar esta madeja pero sí, al menos, a aclarar algo el panorama.

Para ello hemos de partir de la definición de justicia general y pasar posteriormente a ver el origen y evolución del concepto de justicia social, intentando diferenciar el uso del término por el derecho y la política del expresado por el magisterio de la Iglesia.


Dignificación y Humanización del Ser Humano

en Referencia a la Ley de EUTANASIA

MARÍA DEL PILAR PASCUAL ALBALATE
Trabajo Fin de Curso Doctrina Social de la Iglesia

LA PERSONA HUMANA

Cada persona humana ha sido creada por Dios, dotada de dignidad y derechos inalienables como también los deberes, en el que la persona humana es el fundamento y la razón de ser de la sociedad, por tanto, es deber principal de cada sociedad defender y promover la dignidad humana y sus leyes fundamentales.

Según el punto 108 del Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (en adelante, CDSI), nos dice: “el mensaje fundamental de la Sagrada Escritura, anuncia que la persona humana es criatura de Dios” (Sal 139, 14-18) y en (Gn, 1 27) “Creó, pues, Dios al ser humano a imagen suya, a imagen de Dios los creó, macho y hembra los creó”.
Dios coloca la criatura humana en el centro y en la cumbre de la creación: al hombre (en hebreo “Adam”) plasmado con la tierra (“adamah”) Dios insufla el alimento de la vida (Gn 27).

Por tanto, por haber sido hecho a semejanza de Dios, el ser humano, tiene la dignidad de persona; no es solamente algo, sino ALGUIEN. Es capaz de conocerse, de poseerse, y de darse libremente y entrar en comunión con otras personas; y es llamado por la Gracia, a una alianza con su Creador, a ofrecerle una respuesta de fe y de amor que ningún otro ser puede dar en su lugar”. (Punto 108 CDSI)

La relación con Dios exige que se considere la vida del hombre sagrada e inviolable (CIgC punto 2258). En el que, el quinto mandamiento “no matarás” (Ex 20,13; Dt 5,17) tiene valor porque sólo Dios es Señor de la vida y de la muerte (217) Concilio Vaticano II, Constitución Pastoral Gaudium et Spes, 27; AAS 58 (1966); CIGC puntos 2259-2261)

¿Qué significa dignidad?

En la práctica, ningún ser humano puede ser degradado o reducido a ser un mero instrumento para fines que son ajenos a su desarrollo personal.

En particular, la vida humana de una persona y su dignidad, no deben ser sacrificados con el fin de llevar a cabo investigaciones científicas o por objetivos económicos, miliares, sociales o políticos (DDSI 133). Ante ello, el punto 1880 del CIGC, dice que la sociedad es un grupo de personas ligadas de una manera orgánica por un principio de unidad que supera a cada una de ellas.

Una sociedad, es un grupo de personas unidas por un bien común.

Cada ser humano aunque parezca frágil y poco importante a los ojos humanos, representa a Dios en la tierra. En el que cada persona es un ser singular y único. Con cada niño es concebido como algo maravilloso llega a este mundo simplemente por el hecho de ser, cada persona tiene derecho a existir (CDSI 131).

Tanto la Ley del Aborto, como, en la Ley de Eutanasia, van en contra de la dignidad humana que es primero y mayor principio social, en el que le debemos a cada ser humano el respeto y el reconocimiento de su propio ser.

Como seres humanos, somos dignos desde antes de nacer, es decir, desde el momento de la concepción hasta el momento de su fallecimiento. Ahora bien, si continuamos con el punto 112, el respeto debido a la inviolabilidad y a la integridad de la vida física, tiene su culmen en el mandamiento positivo, es decir:

“Amarás a tu prójimo como a ti mismo” (Lv 19,18)

Sin embargo, en el punto 132 del CCDSI, “respeto de la dignidad humana”, no puede absolutamente prescindir de la obediencia del principio de “considerar al prójimo como otro yo, cuidando en primer lugar de su vida y de los medios necesarios para vivirla dignamente” (Concilio Vaticano II, Constitución Pastoral Gaudium et spes, 27)

También nos dice en el punto 133 párrafo segundo; las autoridades públicas vigilan con atención para que una restricción de la libertad o cualquier otra carga impuesta a la actuación de las personas no lesionen jamás la dignidad personal y garantice el efectivo ejercicio de los derechos humanos. Todo esto, una vez más se funda sobre la visión del hombre como persona, es decir, como sujeto activo y responsable del propio proceso de crecimiento junto con la comunidad con la que forma parte.

Si en verdad lo pusiéramos en práctica todo lo que dice la Doctrina Social de la Iglesia, y, en especial, al respeto de la dignidad de la persona, todo cambiaría y sería una humanidad con una subsidiaridad perfecta. En cambio, nos topamos con clases políticas que van a lo “suyo”, sin importarles nada la persona, es decir, si desde la concepción es considerada persona, vamos a proceder a cometer un asesinato bien llamado aborto, o, bien al final la vida, llamada eutanasia, y, no pasa nada.

Si la persona es mayor, no es productiva y se siente sola y desamparada, nos la quitamos de en medio por medio de la Ley de Eutanasia, y, tampoco pasa nada, ¡para qué!

Si la persona la consideramos y la tenemos como objeto, en vez de verlo como un ser humano y social, ¿de qué sirve qué viva? Si ahora, también vamos a poner trabas para que la objeción de conciencia se penalice para aquellos que se acojan a ella.

Sinceramente, ¿dónde empieza y dónde acaba la libertad con éste gris oscuro panorama? ¿Dónde queda la dignidad del recién nacido total y absolutamente indefenso ante una sociedad pasiva que no ve o no quiere ver que se está realizando un asesinato? Porque no se puede decir de otra forma más sutil.

¿Con qué virtud nos quedaríamos? ¿Con la de la justicia? ¿Qué papel tienen, los que lo promueven? Se nos va “la olla” con todo esto de verdad, sólo nos vemos a nosotros mismos y no vemos o queremos ver la verdad que tenemos delante de nosotros.

Cuando tenemos estos frentes, en algunos casos se nos escapan de las manos porque vemos que todo es una INJUSTICIA con mayúsculas, y, una de dos, o, nos callamos, o, nos echamos a las calles a protestar o reivindicar el derecho a la vida y a una muerte digna que nos merecemos como personas y seres humanos que somos.

Empieza la disyuntiva de que cuando eres joven, perfecto, tienes más posibilidad de trabajar, económicamente eres productivo y conforme vas llegando a la edad adulta, ya no, produces igual a cuando estabas en activo, la soledad se manifiesta, te haces preguntas sin respuesta lógica a lo que está sucediendo a tu alrededor y te sientes sólo y abandonado, cuando la verdad, es diferente, es distinta, es decir, ¿por qué no acompañamos a la persona hasta el final de su vida? ¿Qué es lo que lo prohíbe, o, quién? Nadie.

Somos nosotros mismos con la sociedad, intentamos humanizar de la mejor manera posible, el estar a su lado, acompañándolos, sirviéndoles en lo que necesitan, y, estamos ante la virtud de la fortaleza y la templanza, para seguir y no caer.

Existen Instituciones, las cuales realizan un trabajo precioso, aunque, muy duro en muchas ocasiones, son Instituciones, que desarrollan o que aplican los Cuidados Paliativos, con el fin de que la persona moribunda, fallezca dignamente por lo que es y por lo que ha representado durante toda su vida.

Si conociéramos la labor humana, trascendente, solidaria de estas Instituciones, o, Servicios de Paliativos en los Hospitales, para que se dieran a conocer, que digan o expliquen cómo desarrollan su trabajo, que se expanda a la sociedad en general que hay vida a pesar del dolor y el sufrimiento, que están ahí, y, que son personas, no “bichos raros”.

También es cierto y es verdad, que muchas veces, se nos plantean situaciones muy complejas y difíciles de plantear, es decir, personas con enfermedad degenerativas graves o gravísimas, en la que la vida tanto física, moral, y, psicológica, se va minorando cada vez más y entran en un bucle muy difícil de salir, y, en la que incluso, se plantean una eutanasia por no decir en un suicidio premeditado y en algunas ocasiones, llegando a su término, por desgracia.

Es aquí donde intervienen las Unidades de Paliativos, que son unidades multidisciplinares para acompañar, servir, atender, saber estar en cada momento, ya no sólo actúan con el propio enfermo, sino también con la propia familia, pilar fundamental en todos estos casos porque en muchas ocasiones, por no decir en la mayoría de las mismas, se convierten en personal sanitario, ya que, no llegan ni los propios profesionales.

Ahora bien, estas áreas multidisciplinares, pasan por los Servicios de Oncología, Neurología, Medina Interna, Endocrinología y Nutrición, Geriatría, Psicología, Psiquiatría. Las personas que componen todos estos Servicios, son profesionales que saben perfectamente lo que hacen, sí, por supuesto que ¡SÍ! Sin embargo, ellos no los ven como enfermos con patologías terminales, enfermedades raras, discapacidades, ¡¡NO!!

Ellos los ven y seguirán viendo como personas dignas hasta el último suspiro y aliento de vida que tengan, y, es aquí donde se marca la diferencia, es decir, no se juega con la persona, no la juzgan por su pasado de vida, sino de su propia existencia como tal, en que “se relativiza todo lo que conlleva, es decir, el final de la vida”.

En el que también se plantean múltiples temas tanto éticos, morales, deontológicos, sociales y económicos. En cambio los que cogen las manos día a día en los hospitales, son conscientes del valor de sus vidas y que vale «encontrar el equilibrio para que cada persona viva su muerte con dignidad», según el Dr. D. Antonio Noguera Tejedor, Facultativo Especialista en Cuidados Paliativos del Hospital Fundación Jiménez Díaz de Madrid.


Ejercicio de la Medicina y Doctrina Social de la Iglesia

Gonzalo Sánchez del Cura

Trabajo Fin de Curso Doctrina Social de la Iglesia

DILEMAS ÉTICOS DESDE LA PERSPECTIVA DE UN MÉDICO CRISTIANO

Los cristianos creemos que el amor divino está en el origen y en el mantenimiento de toda la  naturaleza. Por ser imagen de Dios, el ser humano tiene la dignidad de persona, no es solamente algo sino «alguien»: es la perfecta unidad de cuerpo y alma.

VALORACIÓN ÉTICA DE LA REPRODUCCIÓN ASISTIDA

El hijo tiene derecho a ser concedido en el seno del matrimonio y el derecho a conocer a sus propios padres.

-Inseminación 

Por lo que tiene de manipulación y artificiosidad convierte la procreación (que es un acto personal) en un acto tecnificado, privado de toda relación interpersonal. El hijo es el fruto de un acto de amor de los padres y el único lugar digno para engendrarlo moralmente ilícito cuando, la técnica sustituye absolutamente al acto conyugal.

-Fertilización in vitro

Además de lo anterior, el embrión es un ser humano en fase embrionaria no una cosa. En la fecundación in vitro se pierden embriones y estos tienen un valor tan pleno como la de otro ser humano. Por lo tanto, si se manipula un embrión o si deliberadamente se le deja morir, se está atentando a un derecho fundamenta ( Donum Vitae 1987)

El ser humano debe ser respetado como persona desde el primer instante de su existencia.

Cuando la esterilidad de una pareja se resuelve por este sistema, no puede olvidarse que se ha conseguido a costa de sacrificar varios seres humanos, de auténticos abortos, y esto es éticamente inaceptable.

En el caso de la fecundación in vitro heteróloga ( esperma y óvulo de donantes), se advierte fácilmente su carácter inmoral, por que que supone de paternidad anónima.

No es aceptable suscitar en la mujer la idea del derecho al hijo, cuando propiamente una persona no tiene derecho a poseer a otra persona.

La condición todopoderosa que se atribuye a la ciencia hacen insoportables nuestras frustraciones, el deseo se convierte en un absoluto:

Un hijo cuando quiera, como quiera y a cualquier precio.

Ningún hijo si no quiero y a ningún precio.

Que decir de la incoherencia de nuestra sociedad, que dedica inmensas fortunas a la concepción de un bebe probeta y al mismo tiempo inmola miles de seres humanos mediante el aborto. Ambas prácticas se consideran un progreso.

Diversas Conferencias Episcopales se han pronunciado negativamente sobre la Reproducción asistida, señalando sus reservas morales a estos métodos artificiales.

Si se desatienden las reservas éticas, se habría llegado a la mayor locura de la historia, una sociedad que genera niños sin padre ni madre, donde la palabra amor carece de significado alguno. La procreación sería una mera técnica.

REDUCCIÓN EMBRIONARIA

La fecundación in vitro suele dar lugar a embarazos múltiples, algunos de estos embriones mueren espontáneamente. Teniendo en cuenta que estas generaciones múltiples plantean problemas de prematuridad y otros, se justifica la selección y eliminación de embriones para salvaguardar la vida de uno de ellos, u otras razones.

  • Decisión de los progenitores, que no desean o no se sienten preparados para afrontar la llegada de varios hijos al mismo tiempo.
  • Razones eugenésicas, cuando se constata que algún embrión presenta alguna anomalía.
  • Indicaciones médicas: riesgos para el feto o para la madre.

La Encíclica Evangelium Vitae rechaza este modo de proceder.

«Jamás podrá ser moralmente ilícito provocar la muerte de manera voluntaria».

REGULACIÓN DE LA PROCREACIÓN

El matrimonio y el amor conyugal están ordenados por su propia naturaleza a la procreación y educación de la prole. En la misión de la transmisión de la vida deben tener:

discernimiento que atenderá a su bien personal, al de sus futuros hijos y en conjunto al de la comunidad familiar.

Los métodos de regulación de la natalidad pueden ser naturales y artificiales.

Métodos Naturales o Planificación familiar natural.

Estos se refieren a las técnicas para buscar o evitar los embarazos, mediante la observación de los signos y síntomas que, de manera natural, acontecen en las fases fértiles e infértiles del ciclo menstrual ( ovárico, endometrial, vaginal). Para evitar los embarazos, no se utilizan fármacos ni procedimientos mecánicos o quirúrgicos. Se basa en la abstinencia sexual en los días fértiles.

Estos métodos requieren el conocimiento del ciclo genital femenino,  y son de eficacia alta.

  • Método Billings: consiste en la observación del moco cervical.
  • Método Sintotérmico: consiste en la observación del moco cervical y en la detección de la temperatura basal de la mujer. 
  • Método de la lactancia materna: como factor inhibidor de la ovulación.

Han aparecido nuevas tecnologías, pero ninguna tan eficaz como la del conocimiento de los días fértiles, para espaciar o favorecer los embarazos.

Como conclusión se puede afirmar que la aplicación práctica de estos métodos, se basa en el conocimiento de los procesos biológicos que se producen en el ciclo genital femenino. Su eficacia es alta.

Son métodos sencillos que requieren la colaboración de personas comprometidas en la explicación de los mismos. 

Estos método implican para la pareja un modo de vida, más que la aplicación de una mera técnica.

La continencia periódica se vive como una oportunidad de fortalecer el amor conyugal a través del desarrollo voluntario y consciente de otras manifestaciones de amor, como la ternura.

ASPECTOS PASTORALES

Para la moral Católica, la continencia periódica es una virtud y es el único método lícito para realizar la unión conyugal, evitando la concepción.

Los esposos deben juzgar la gravedad de los motivos, para excluir la transmisión de la vida.

Humane Vitae presenta la paternidad responsable como expresión de un valor ético.

La Iglesia reconoce que puede haber motivos para limitar o distanciar los nacimientos, pero proclama, que los matrimonios deben valorar muy seriamente su actitud ante la procreación.

Existe una conexión entre la virtud de la continencia y la vida espiritual de los cónyuges.

El dominio de sí, enriquece a los cónyuges en valores espirituales, se respeta el orden establecido por el creador, por el que los cónyuges reconocen que no son árbitros de la vida empobrecimiento de las manifestaciones afectivas, sino que por el contrario las hace más intensas espiritualmente y de ese modo se logran que se enriquezcan. (…)

 

ARGUMENTOS ABORTISTAS Y SU CRÍTICA

Comienzo de la vida humana. Se aduce que en el inicio del desarrollo embrionario no existe vida humana, por lo tanto nada impide su eliminación. La vida existe desde el primer momento de la concepción, hecho biológico. 

La vida y el desarrollo de su programa (ADN) comienza en este momento, es independiente de los progenitores y termina con la muerte del individuo. (…)

Libertad para disponer del propio cuerpo. «Mi cuerpo es mío» «Nuestro cuerpo nos pertenece» «Nosotras parimos..» Son frase que escuchamos con frecuencia. Según estos planteamientos, el feto es un simple apéndice materno y por tanto podría ser eliminado por la libre determinación de la madre. El argumento es un craso error biológico pues el nuevo ser tiene un código genético propio, distinto del de la madre, crece completamente diferenciado y no puede ser considerado como un aparte del cuerpo materno.

La madre puede tener cierto derecho al propio cuerpo, pero el no nacido no es parte de su cuerpo, es el cuerpo de otro ser.

 

 

 

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