El término Estado de derecho no aparece frecuentemente en la Doctrina Social de la Iglesia (DSI).

Sin embargo, podemos encontrar referencias a la realidad significada en este término en los radiomensajes de Pío XII, singularmente en Benignitas et Humanitas; en la Pacem in Terris de Juan XXIII; en la Gaudium et Spes del Concilio Vaticano II; y más recientemente en la Centesimus Annus de Juan Pablo II. 

La DSI no se aleja de la ciencia política a la hora de definir lo que es un Estado de derecho. Pasamos a recoger 4 rasgos que encontramos en la DSI y que consideramos, en este momento, más relevantes (sujeción de los poderes al derecho; participación ciudadana y principio de subsidiariedad; separación de funciones; reconocimiento de derechos fundamentales) juzgando la actual situación que vivimos en España:

1.- Los poderes públicos (y no solo los ciudadanos que siempre lo han estado) ejercen sus funciones de acuerdo al derecho establecido. 

En España cada vez más vemos como el Gobierno, especialmente entre los poderes del Estado, actúa de espaldas al derecho. Lo vemos desde episodios más anecdóticos (o no) como que se empieza a hablar en lenguas varias españolas en el Congreso antes de que se apruebe el Reglamento que lo autoriza, como a episodios de más calado donde se establece que el Gobierno ha vulnerado los derechos de todos los españoles y de empresas y asociaciones, etc, etc. con la declaración inconstitucional del estado de alarma y ningún político responde por ello.

Debemos buscar un escrupuloso respeto a la ley justa, de tal manera que el político que la incumpla debe encontrar tal ambiente, que dimita de forma inmediata.

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2.- Implica necesariamente una separación o diferenciación de las funciones o poderes del estado, que expresamente así exigía Juan XXIII:

  • El poder legislativo no debe descuidar las normas morales, las bases constitucionales o fundantes del estado y las exigencias del bien común
  • La administración o Gobierno aplicando las leyes resuelva los problemas en consonancia con el derecho y la realidad concreta
  • El poder judicial con imparcialidad plena y sin presiones de grupo de a cada cual su derecho
  • Aplicar el principio de subsidiariedad y que los ciudadanos y cuerpos intermedios puedan ejercer sus derechos y cumplir sus deberes

En España desde siempre ha habido una confusión general entre ejecutivo, Gobierno, y legislativo, Congreso. Solo en algunos momentos de mayoría simple el legislativo tímidamente ha sido un contrapeso al Gobierno. 

Pero de todos es sabido que la partitocracia española hace que el Diputado responda no ante sus electores sino ante el que manda en su partido en cada momento. La ley electoral favorece claramente esta situación.

Como posible solución estaría la búsqueda de una legitimidad distinta para el poder legislativo mediante el cambio del sistema electoral, de tal manera que el diputado pudiera ser realmente libre a la hora de defender aquello para lo cual ha sido elegido. Un sistema de circunscripción personal; o uno mixto mezclando circunscripción personal con nacional como el sistema alemán; o al menos un sistema de listas desbloqueado, podrían favorecer esta diferenciación de ambos poderes.

El tercer poder, el judicial, si bien ha conseguido mantenerse algo más alejado de los otros dos, al final ha sucumbido ante la injerencia partitocrática. Un golpe letal fue la reforma realizada por Felipe González en la que ya no eran los jueces los que elegían a los miembros del Poder Judicial, sino que eran los mismos partidos, gobernados por sus respectivas castas.

Señalaba Juan XXIII que para que la separación de poderes y el sometimiento de los mismos al derecho funcionase no bastaba la mejor de las estructuras. Era necesario también que los gobernantes “tengan, lo primero, una recta conciencia de la naturaleza, de sus funciones y de los límites de sus competencias, y posean, además, sentido de la equidad, integridad moral, agudeza de ingenio y constancia de voluntad”.

Todo ello, como parece obvio, brilla por su ausencia en el actual panorama político español. Pedro Sánchez ha llevado a su extremo la debilidad de nuestro sistema legal al tomar el Tribunal Constitucional con personas de su mayor cercanía, al reducir el papel del Consejo General del Poder Judicial ante la negativa de someterlo al Gobierno, a tratar de suplantar a su majestad el Rey, a tomar órganos al servicio del estado como el CIS para su provecho y últimamente, si algo no lo remedia, a usar armas inconstitucionales y/o atentatorias contra el bien común para perpetuarse en el poder como son la amnistía o la posibilidad de acabar con el bien de la unidad de España.

Respecto a esto último puede darnos luz el Compendio de la DSI que nos recuerda que en el Estado de Derecho, el poder de infligir penas queda justamente confiado a la Magistratura: «Las Constituciones de los Estados modernos, al definir las relaciones que deben existir entre los poderes legislativo, ejecutivo y judicial, garantizan a este último la independencia necesaria en el ámbito de la ley». Una pena justa determinada por los Jueces y que sirve incluso de remisión del mal causado a los delincuentes, no debe ser corregida , por interés propio, por otro poder del Estado.

3.- El Estado de derecho exige que se incluya la canalización adecuada de la participación ciudadana en la vida pública como freno del poder y garantía de la observancia del derecho por parte del gobernante.

Esta participación en España se está reduciendo cada vez más a depositar el voto en la urna. Por muy importante que este derecho puede ser, la dignidad de cada persona, de cada ciudadano, exige que él sea el primer protagonista y responsable de las decisiones cotidianas que le afectan: mi salud, mi educación y la de mis hijos, mi trabajo, etc.

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Deben ser los ciudadanos y las sociedades intermedias en los que estos, por libertad o por naturaleza se insertan (familia, agrupaciones de todo tipo, regiones, etc), los que tomen sus decisiones. Los poderes públicos deben suplir cuando el ciudadano o dichas entidades, por alguna razón no puedan hacer ejercicio pleno de esa responsabilidad, pero nunca limitar las opciones del ciudadano.

Pongamos un ejemplo: la educación. ¿Quién debe elegir la educación de los hijos? Los padres como principales responsables.

La realidad nos indica que el panorama educativo en España está determinado, esencialmente, por los poderes públicos, que deciden lo que deben estudiar nuestros hijos, sus horarios, y los colegios que a su juicio deben recibir fondos públicos. En función de la Comunidad autónoma estos centros son más o menos, pero en todo caso dependen de la decisión del Gobierno de turno. Y esto mismo sucede en la mayoría de campos de nuestra vida.

4.- Es necesario una carta de derechos como parte fundamental del estado de derecho

Aquí sí hay una diferencia importante entre la concepción cristiana que identifica el derecho con la justicia y parte de la ciencia política que defiende una concepción meramente positiva, identificando el derecho con lo aprobado o vigente en cada momento. Esto afecta también al primero de los puntos comentados con anterioridad.

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Sin embargo, otra parte de dicha ciencia, quizás más olvidada hoy, insiste en la importancia de que se respeten siempre, en el derecho positivo, los derechos fundamentales de la persona, para que pueda entenderse que estamos ante un verdadero Estado de Derecho. Este olvido hace más probable la vuelta a regímenes totalitarios como los que nacieron en las primeras décadas del siglo XX, aunque ahora amparados por un envoltorio pseudodemocrático.

La realidad en nuestra España de hoy es que este punto ha alcanzado niveles de alarma absoluta:

  • No se respeta el derecho a la vida con los gravísimos atentados que claman al Cielo del aborto, la eutanasia y la manipulación de embriones de la que tan poco se habla
  • No se respeta la célula básica de la sociedad, la familia y el matrimonio, pues ya no se reconoce en nuestro derecho su figura tal y como es (ni entre hombre y mujer ni para toda la vida ni abierta a los hijos aparte de buscar el bien de los cónyuges)
  • Se violenta como ya se ha señalado el derecho a la educación, tanto de los padres como de los centros educativos libres
  • Se atenta contra el bien común de España por un puñado de votos que hagan posible permanecer en el poder.

Hemos de ser muy claros, como resumía Juan Pablo II en Evangelium Vitae no puede haber verdadera democracia, si no se reconoce la dignidad de cada persona y no se respetan sus derechos.

Bueno es recordar estas otras palabras en la Centesimus Annus del papa polaco que describen muy bien nuestro actual panorama político (la democracia), no puede favorecer la formación de grupos dirigentes restringidos que, por intereses particulares o por motivos ideológicos, usurpan el poder del Estado. Una auténtica democracia es posible solamente en un Estado de derecho y sobre la base de una recta concepción de la persona humana. Requiere que se den las condiciones necesarias para la promoción de las personas concretas, mediante la educación y la formación en los verdaderos ideales, así como de la “subjetividad” de la sociedad mediante la creación de estructuras de participación y de corresponsabilidad

Por todo ello, la movilización de la sociedad, para defender la concepción sana de todos estos puntos analizados, es esencial. 

Todos debemos ser conscientes de los riesgos que corremos si no luchamos por un verdadero Estado de derecho: perdemos libertades, nuestra dignidad como personas es pisoteada y caminamos por una pendiente que nos desliza hacia un Estado totalitario.

Empecemos este próximo 8 de octubre en Barcelona y continuemos el día 12 celebrando la Fiesta Nacional con todos los movimientos cívicos en la misma Barcelona y trabajando cada día por ser responsables de nuestro propio destino.

José Castro Velarde – Presidente de la Asociación Enraizados

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