Pide al Cardenal Hollerich, Pdte de la COMECE, que recuerde a Macron que la vida sí es un derecho fundamental y no el aborto

Pide al Cardenal Hollerich, Pdte de la COMECE, que recuerde a Macron que la vida sí es un derecho fundamental y no el aborto

Pide al representante de la Iglesia en la UE, el Cardenal Jean-Claude Hollerich, Presidente de la Comisión de Obispos de las Conferencias de la UE (Commission of the Bishops’ Conferences of the European Union, COMECE) que haga una declaración que invite a retractarse al presidente francés Emmanuel Macron sobre su intención de proponer al aborto como derecho fundamental en la Carta de Derechos Fundamentales de la UE.

Firma esta petición para pedirle al Cardenal Jean-Claude Hollerich, (Presidente de la Comisión de Obispos de las Conferencias de la UE) que exhorte al presidente francés Emmanuel Macron a retirar su petición de incluir al aborto en la Carta de Derechos Fundamentales de la UE.

El aborto en ningún caso podría ser considerado como un derecho fundamental, nadie tiene el derecho a eliminar una vida humana. Y sin embargo la Vida sí hay que protegerla, como recoge el artículo 2.1 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE, que dice textualmente:

       ‘Toda persona tiene derecho a la vida’.

Cualquier país o sociedad que quiera progresar tiene que hacer valer los derechos de los más débiles, en todos los estados de vida, también de los no nacidos.

Como ciudadanos y católicos tenemos el deber de defender la vida humana desde su concepción hasta la muerte natural, tal y como la Iglesia Católica recoge en el Catecismo. Si no, nos convertimos en cómplices y verdugos.

¡Ayúdanos a hacer llegar esta petición al cardenal Hollerich, como representante de la Iglesia en Europa!. Para que evitemos a toda costa, que la UE traicione los valores por los que fue fundada.

 

Puedes leer la noticia► Macron propone incorporar el «derecho» al aborto en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea

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Los tres mejores trabajos de alumnos del Curso de Doctrina Social de la Iglesia

Los tres mejores trabajos de alumnos del Curso de Doctrina Social de la Iglesia

 

Publicamos los tres mejores trabajos del Curso de Doctrina Social de la Iglesia. Haz clic sobre cada titulo y podrás disfrutar de su lectura al completo. Los temas escogidos son:

Compartimos algunos fragmentos de cada trabajo de nuestros alumnos para ofrecer algunas pinceladas de tan magnificas exposiciones sobre los títulos seleccionados. 


LA JUSTICIA SOCIAL

Un concepto a debate

ANTONIO ARÉVALO VILLA
TRABAJO FINAL DE CURSO SOBRE LA DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA

INTRODUCCIÓN

Los cristianos sabemos que la dignidad del ser humano es original; es decir, está en los orígenes mismos de su existencia como ser creado por Dios a su imagen y semejanza. Desde nuestro origen somos también seres sociales (por algo fuimos creados hombre y mujer) y libres para buscar a Dios y poder realizarnos plenamente; es esta libertad «la que hace del hombre un sujeto moral»

Buscando realizar actos moralmente buenos, el hombre se realiza mediante una vida virtuosa. El catecismo define la virtud como «disposición natural y firme a hacer el bien»

Las virtudes «regulan nuestros actos, ordenan nuestras pasiones y guían nuestra conducta según la razón y la fe».

Todas las virtudes se agrupan alrededor de cuatro, llamadas por ello cardinales.
El catecismo nos recuerda la enseñanza del libro de la Sabiduría: «¿Amas la justicia? Las virtudes son el fruto de sus esfuerzos, pues ella enseña la templanza y la prudencia, la justicia y la fortaleza».

Como virtud, la justicia consiste en «la constante y firme voluntad de dar a Dios y al prójimo lo que le es debido»; pero la justicia es también un valor fundamental que el hombre ha de ejercer para vivir en sociedad y así lo reconoce el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (Compendio, en adelante) recogiendo la opinión de Santo Tomás de Aquino.

Como valor, la justicia se convierte en punto de referencia para ordenar la vida social con el objetivo de alcanzar el bien moral que los principios de la Doctrina Social de la Iglesia (dignidad de la persona humana, bien común, subsidiaridad y solidaridad) aspiran a conseguir. Como expone el Compendio, la justicia social «representa un verdadero y propio desarrollo de la justicia general, reguladora de las relaciones sociales según el criterio de la observancia de la ley.
La justicia social es una exigencia vinculada con la cuestión social, que hoy se manifiesta con una dimensión mundial; concierne a los aspectos sociales, políticos y económicos y, sobre todo a la dimensión estructural de los problemas y las soluciones correspondientes».

Este texto de Juan Pablo II que recoge el Compendio, no parece una definición clara de qué es la justicia social,
¿Cuál es el contenido exacto que trataría? ¿Cuáles sus objetivos y metodología?; además, dado que la definición clásica de justicia distingue entre justicia conmutativa, distributiva y legal, se hace necesario ver cómo encajaría esta concepción de la justicia social dentro de la visión clásica de justicia. En un artículo de febrero de 2019 en Infovaticana, Miguel Ángel Sanz afirmaba: «Por mucho que se lea sobre justicia social, es prácticamente imposible encontrar una definición… Ni la define el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia. Ni la define el Catecismo de la Iglesia Católica. A pesar de que el Catecismo dedica todo un capítulo a la justicia social».

Para añadir más confusión, la denominación de justicia social se ha extendido al ámbito económico, social jurídico y político. La ONU ha declarado el 20 de febrero como el día de la justicia social y relaciona este término con los de desarrollo social, trabajo, reducción de la pobreza y promoción de «sistemas económicos nacionales y mundiales basados en los principios de la justicia, la equidad, la democracia, la participación, la transparencia, la rendición de cuentas y la inclusión»

UNICEF, en la explicación de esta celebración, aclara que «la justicia social se basa en la igualdad de oportunidades y en los derechos humanos, más allá del concepto tradicional de justicia legal»

Desde el análisis anglosajón, hay quien equipara justicia social con las tesis de John Rawls, para el que la justicia social, según resume Carlos Andrés Pérez-Garzón12, «consiste en la adecuada organización de una sociedad democrática donde se respeten y promuevan en la mayor medida posible las libertades y oportunidades de todos»,

Desde otros puntos de vista, incluido el filosófico, hay quien tiende a equiparar justicia social con justicia distributiva. «El pensamiento clásico y el pensamiento contemporáneo en torno a la justicia coinciden en plantear el problema de la justicia distributiva o justicia social en relación con la manera más adecuada de distribuir los bienes y las cargas, así como los derechos y los deberes entre los miembros de una sociedad determinada», afirma Carlos de la Torre.

En política, el uso y abuso del término ha acabado en gran medida con su significado. Usado a principio de siglo XX por conservadores católicos y, a mediados de siglo, durante la dictadura de Franco, ha acabado siendo «tomado como rehén por los progresistas, tanto en el mundo secular como en la Iglesia. Lo han convertido en un término genérico para ayudarles en la imposición de fórmulas ideológicas y de derechos recién concebidos en nuestras instituciones comunes, o para promover sus causas preferidas» Esta afirmación de Marlin adquiere tintes esperpénticos, aunque también humorísticos, cuando encuentro en este mes de mayo de 2021 un grupo de Facebook, con más de 20.000 miembros, denominado «YO ESTOY CON ROCÍO CARRASCO, JUSTICIA SOCIAL PARA ELLA».

     Este trabajo no aspira a desenredar esta madeja pero sí, al menos, a aclarar algo el panorama.

Para ello hemos de partir de la definición de justicia general y pasar posteriormente a ver el origen y evolución del concepto de justicia social, intentando diferenciar el uso del término por el derecho y la política del expresado por el magisterio de la Iglesia.


Dignificación y Humanización del Ser Humano

en Referencia a la Ley de EUTANASIA

MARÍA DEL PILAR PASCUAL ALBALATE
Trabajo Fin de Curso Doctrina Social de la Iglesia

LA PERSONA HUMANA

Cada persona humana ha sido creada por Dios, dotada de dignidad y derechos inalienables como también los deberes, en el que la persona humana es el fundamento y la razón de ser de la sociedad, por tanto, es deber principal de cada sociedad defender y promover la dignidad humana y sus leyes fundamentales.

Según el punto 108 del Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia (en adelante, CDSI), nos dice: “el mensaje fundamental de la Sagrada Escritura, anuncia que la persona humana es criatura de Dios” (Sal 139, 14-18) y en (Gn, 1 27) “Creó, pues, Dios al ser humano a imagen suya, a imagen de Dios los creó, macho y hembra los creó”.
Dios coloca la criatura humana en el centro y en la cumbre de la creación: al hombre (en hebreo “Adam”) plasmado con la tierra (“adamah”) Dios insufla el alimento de la vida (Gn 27).

Por tanto, por haber sido hecho a semejanza de Dios, el ser humano, tiene la dignidad de persona; no es solamente algo, sino ALGUIEN. Es capaz de conocerse, de poseerse, y de darse libremente y entrar en comunión con otras personas; y es llamado por la Gracia, a una alianza con su Creador, a ofrecerle una respuesta de fe y de amor que ningún otro ser puede dar en su lugar”. (Punto 108 CDSI)

La relación con Dios exige que se considere la vida del hombre sagrada e inviolable (CIgC punto 2258). En el que, el quinto mandamiento “no matarás” (Ex 20,13; Dt 5,17) tiene valor porque sólo Dios es Señor de la vida y de la muerte (217) Concilio Vaticano II, Constitución Pastoral Gaudium et Spes, 27; AAS 58 (1966); CIGC puntos 2259-2261)

¿Qué significa dignidad?

En la práctica, ningún ser humano puede ser degradado o reducido a ser un mero instrumento para fines que son ajenos a su desarrollo personal.

En particular, la vida humana de una persona y su dignidad, no deben ser sacrificados con el fin de llevar a cabo investigaciones científicas o por objetivos económicos, miliares, sociales o políticos (DDSI 133). Ante ello, el punto 1880 del CIGC, dice que la sociedad es un grupo de personas ligadas de una manera orgánica por un principio de unidad que supera a cada una de ellas.

Una sociedad, es un grupo de personas unidas por un bien común.

Cada ser humano aunque parezca frágil y poco importante a los ojos humanos, representa a Dios en la tierra. En el que cada persona es un ser singular y único. Con cada niño es concebido como algo maravilloso llega a este mundo simplemente por el hecho de ser, cada persona tiene derecho a existir (CDSI 131).

Tanto la Ley del Aborto, como, en la Ley de Eutanasia, van en contra de la dignidad humana que es primero y mayor principio social, en el que le debemos a cada ser humano el respeto y el reconocimiento de su propio ser.

Como seres humanos, somos dignos desde antes de nacer, es decir, desde el momento de la concepción hasta el momento de su fallecimiento. Ahora bien, si continuamos con el punto 112, el respeto debido a la inviolabilidad y a la integridad de la vida física, tiene su culmen en el mandamiento positivo, es decir:

“Amarás a tu prójimo como a ti mismo” (Lv 19,18)

Sin embargo, en el punto 132 del CCDSI, “respeto de la dignidad humana”, no puede absolutamente prescindir de la obediencia del principio de “considerar al prójimo como otro yo, cuidando en primer lugar de su vida y de los medios necesarios para vivirla dignamente” (Concilio Vaticano II, Constitución Pastoral Gaudium et spes, 27)

También nos dice en el punto 133 párrafo segundo; las autoridades públicas vigilan con atención para que una restricción de la libertad o cualquier otra carga impuesta a la actuación de las personas no lesionen jamás la dignidad personal y garantice el efectivo ejercicio de los derechos humanos. Todo esto, una vez más se funda sobre la visión del hombre como persona, es decir, como sujeto activo y responsable del propio proceso de crecimiento junto con la comunidad con la que forma parte.

Si en verdad lo pusiéramos en práctica todo lo que dice la Doctrina Social de la Iglesia, y, en especial, al respeto de la dignidad de la persona, todo cambiaría y sería una humanidad con una subsidiaridad perfecta. En cambio, nos topamos con clases políticas que van a lo “suyo”, sin importarles nada la persona, es decir, si desde la concepción es considerada persona, vamos a proceder a cometer un asesinato bien llamado aborto, o, bien al final la vida, llamada eutanasia, y, no pasa nada.

Si la persona es mayor, no es productiva y se siente sola y desamparada, nos la quitamos de en medio por medio de la Ley de Eutanasia, y, tampoco pasa nada, ¡para qué!

Si la persona la consideramos y la tenemos como objeto, en vez de verlo como un ser humano y social, ¿de qué sirve qué viva? Si ahora, también vamos a poner trabas para que la objeción de conciencia se penalice para aquellos que se acojan a ella.

Sinceramente, ¿dónde empieza y dónde acaba la libertad con éste gris oscuro panorama? ¿Dónde queda la dignidad del recién nacido total y absolutamente indefenso ante una sociedad pasiva que no ve o no quiere ver que se está realizando un asesinato? Porque no se puede decir de otra forma más sutil.

¿Con qué virtud nos quedaríamos? ¿Con la de la justicia? ¿Qué papel tienen, los que lo promueven? Se nos va “la olla” con todo esto de verdad, sólo nos vemos a nosotros mismos y no vemos o queremos ver la verdad que tenemos delante de nosotros.

Cuando tenemos estos frentes, en algunos casos se nos escapan de las manos porque vemos que todo es una INJUSTICIA con mayúsculas, y, una de dos, o, nos callamos, o, nos echamos a las calles a protestar o reivindicar el derecho a la vida y a una muerte digna que nos merecemos como personas y seres humanos que somos.

Empieza la disyuntiva de que cuando eres joven, perfecto, tienes más posibilidad de trabajar, económicamente eres productivo y conforme vas llegando a la edad adulta, ya no, produces igual a cuando estabas en activo, la soledad se manifiesta, te haces preguntas sin respuesta lógica a lo que está sucediendo a tu alrededor y te sientes sólo y abandonado, cuando la verdad, es diferente, es distinta, es decir, ¿por qué no acompañamos a la persona hasta el final de su vida? ¿Qué es lo que lo prohíbe, o, quién? Nadie.

Somos nosotros mismos con la sociedad, intentamos humanizar de la mejor manera posible, el estar a su lado, acompañándolos, sirviéndoles en lo que necesitan, y, estamos ante la virtud de la fortaleza y la templanza, para seguir y no caer.

Existen Instituciones, las cuales realizan un trabajo precioso, aunque, muy duro en muchas ocasiones, son Instituciones, que desarrollan o que aplican los Cuidados Paliativos, con el fin de que la persona moribunda, fallezca dignamente por lo que es y por lo que ha representado durante toda su vida.

Si conociéramos la labor humana, trascendente, solidaria de estas Instituciones, o, Servicios de Paliativos en los Hospitales, para que se dieran a conocer, que digan o expliquen cómo desarrollan su trabajo, que se expanda a la sociedad en general que hay vida a pesar del dolor y el sufrimiento, que están ahí, y, que son personas, no “bichos raros”.

También es cierto y es verdad, que muchas veces, se nos plantean situaciones muy complejas y difíciles de plantear, es decir, personas con enfermedad degenerativas graves o gravísimas, en la que la vida tanto física, moral, y, psicológica, se va minorando cada vez más y entran en un bucle muy difícil de salir, y, en la que incluso, se plantean una eutanasia por no decir en un suicidio premeditado y en algunas ocasiones, llegando a su término, por desgracia.

Es aquí donde intervienen las Unidades de Paliativos, que son unidades multidisciplinares para acompañar, servir, atender, saber estar en cada momento, ya no sólo actúan con el propio enfermo, sino también con la propia familia, pilar fundamental en todos estos casos porque en muchas ocasiones, por no decir en la mayoría de las mismas, se convierten en personal sanitario, ya que, no llegan ni los propios profesionales.

Ahora bien, estas áreas multidisciplinares, pasan por los Servicios de Oncología, Neurología, Medina Interna, Endocrinología y Nutrición, Geriatría, Psicología, Psiquiatría. Las personas que componen todos estos Servicios, son profesionales que saben perfectamente lo que hacen, sí, por supuesto que ¡SÍ! Sin embargo, ellos no los ven como enfermos con patologías terminales, enfermedades raras, discapacidades, ¡¡NO!!

Ellos los ven y seguirán viendo como personas dignas hasta el último suspiro y aliento de vida que tengan, y, es aquí donde se marca la diferencia, es decir, no se juega con la persona, no la juzgan por su pasado de vida, sino de su propia existencia como tal, en que “se relativiza todo lo que conlleva, es decir, el final de la vida”.

En el que también se plantean múltiples temas tanto éticos, morales, deontológicos, sociales y económicos. En cambio los que cogen las manos día a día en los hospitales, son conscientes del valor de sus vidas y que vale «encontrar el equilibrio para que cada persona viva su muerte con dignidad», según el Dr. D. Antonio Noguera Tejedor, Facultativo Especialista en Cuidados Paliativos del Hospital Fundación Jiménez Díaz de Madrid.


Ejercicio de la Medicina y Doctrina Social de la Iglesia

Gonzalo Sánchez del Cura

Trabajo Fin de Curso Doctrina Social de la Iglesia

DILEMAS ÉTICOS DESDE LA PERSPECTIVA DE UN MÉDICO CRISTIANO

Los cristianos creemos que el amor divino está en el origen y en el mantenimiento de toda la  naturaleza. Por ser imagen de Dios, el ser humano tiene la dignidad de persona, no es solamente algo sino «alguien»: es la perfecta unidad de cuerpo y alma.

VALORACIÓN ÉTICA DE LA REPRODUCCIÓN ASISTIDA

El hijo tiene derecho a ser concedido en el seno del matrimonio y el derecho a conocer a sus propios padres.

-Inseminación 

Por lo que tiene de manipulación y artificiosidad convierte la procreación (que es un acto personal) en un acto tecnificado, privado de toda relación interpersonal. El hijo es el fruto de un acto de amor de los padres y el único lugar digno para engendrarlo moralmente ilícito cuando, la técnica sustituye absolutamente al acto conyugal.

-Fertilización in vitro

Además de lo anterior, el embrión es un ser humano en fase embrionaria no una cosa. En la fecundación in vitro se pierden embriones y estos tienen un valor tan pleno como la de otro ser humano. Por lo tanto, si se manipula un embrión o si deliberadamente se le deja morir, se está atentando a un derecho fundamenta ( Donum Vitae 1987)

El ser humano debe ser respetado como persona desde el primer instante de su existencia.

Cuando la esterilidad de una pareja se resuelve por este sistema, no puede olvidarse que se ha conseguido a costa de sacrificar varios seres humanos, de auténticos abortos, y esto es éticamente inaceptable.

En el caso de la fecundación in vitro heteróloga ( esperma y óvulo de donantes), se advierte fácilmente su carácter inmoral, por que que supone de paternidad anónima.

No es aceptable suscitar en la mujer la idea del derecho al hijo, cuando propiamente una persona no tiene derecho a poseer a otra persona.

La condición todopoderosa que se atribuye a la ciencia hacen insoportables nuestras frustraciones, el deseo se convierte en un absoluto:

Un hijo cuando quiera, como quiera y a cualquier precio.

Ningún hijo si no quiero y a ningún precio.

Que decir de la incoherencia de nuestra sociedad, que dedica inmensas fortunas a la concepción de un bebe probeta y al mismo tiempo inmola miles de seres humanos mediante el aborto. Ambas prácticas se consideran un progreso.

Diversas Conferencias Episcopales se han pronunciado negativamente sobre la Reproducción asistida, señalando sus reservas morales a estos métodos artificiales.

Si se desatienden las reservas éticas, se habría llegado a la mayor locura de la historia, una sociedad que genera niños sin padre ni madre, donde la palabra amor carece de significado alguno. La procreación sería una mera técnica.

REDUCCIÓN EMBRIONARIA

La fecundación in vitro suele dar lugar a embarazos múltiples, algunos de estos embriones mueren espontáneamente. Teniendo en cuenta que estas generaciones múltiples plantean problemas de prematuridad y otros, se justifica la selección y eliminación de embriones para salvaguardar la vida de uno de ellos, u otras razones.

  • Decisión de los progenitores, que no desean o no se sienten preparados para afrontar la llegada de varios hijos al mismo tiempo.
  • Razones eugenésicas, cuando se constata que algún embrión presenta alguna anomalía.
  • Indicaciones médicas: riesgos para el feto o para la madre.

La Encíclica Evangelium Vitae rechaza este modo de proceder.

«Jamás podrá ser moralmente ilícito provocar la muerte de manera voluntaria».

REGULACIÓN DE LA PROCREACIÓN

El matrimonio y el amor conyugal están ordenados por su propia naturaleza a la procreación y educación de la prole. En la misión de la transmisión de la vida deben tener:

discernimiento que atenderá a su bien personal, al de sus futuros hijos y en conjunto al de la comunidad familiar.

Los métodos de regulación de la natalidad pueden ser naturales y artificiales.

Métodos Naturales o Planificación familiar natural.

Estos se refieren a las técnicas para buscar o evitar los embarazos, mediante la observación de los signos y síntomas que, de manera natural, acontecen en las fases fértiles e infértiles del ciclo menstrual ( ovárico, endometrial, vaginal). Para evitar los embarazos, no se utilizan fármacos ni procedimientos mecánicos o quirúrgicos. Se basa en la abstinencia sexual en los días fértiles.

Estos métodos requieren el conocimiento del ciclo genital femenino,  y son de eficacia alta.

  • Método Billings: consiste en la observación del moco cervical.
  • Método Sintotérmico: consiste en la observación del moco cervical y en la detección de la temperatura basal de la mujer. 
  • Método de la lactancia materna: como factor inhibidor de la ovulación.

Han aparecido nuevas tecnologías, pero ninguna tan eficaz como la del conocimiento de los días fértiles, para espaciar o favorecer los embarazos.

Como conclusión se puede afirmar que la aplicación práctica de estos métodos, se basa en el conocimiento de los procesos biológicos que se producen en el ciclo genital femenino. Su eficacia es alta.

Son métodos sencillos que requieren la colaboración de personas comprometidas en la explicación de los mismos. 

Estos método implican para la pareja un modo de vida, más que la aplicación de una mera técnica.

La continencia periódica se vive como una oportunidad de fortalecer el amor conyugal a través del desarrollo voluntario y consciente de otras manifestaciones de amor, como la ternura.

ASPECTOS PASTORALES

Para la moral Católica, la continencia periódica es una virtud y es el único método lícito para realizar la unión conyugal, evitando la concepción.

Los esposos deben juzgar la gravedad de los motivos, para excluir la transmisión de la vida.

Humane Vitae presenta la paternidad responsable como expresión de un valor ético.

La Iglesia reconoce que puede haber motivos para limitar o distanciar los nacimientos, pero proclama, que los matrimonios deben valorar muy seriamente su actitud ante la procreación.

Existe una conexión entre la virtud de la continencia y la vida espiritual de los cónyuges.

El dominio de sí, enriquece a los cónyuges en valores espirituales, se respeta el orden establecido por el creador, por el que los cónyuges reconocen que no son árbitros de la vida empobrecimiento de las manifestaciones afectivas, sino que por el contrario las hace más intensas espiritualmente y de ese modo se logran que se enriquezcan. (…)

 

ARGUMENTOS ABORTISTAS Y SU CRÍTICA

Comienzo de la vida humana. Se aduce que en el inicio del desarrollo embrionario no existe vida humana, por lo tanto nada impide su eliminación. La vida existe desde el primer momento de la concepción, hecho biológico. 

La vida y el desarrollo de su programa (ADN) comienza en este momento, es independiente de los progenitores y termina con la muerte del individuo. (…)

Libertad para disponer del propio cuerpo. «Mi cuerpo es mío» «Nuestro cuerpo nos pertenece» «Nosotras parimos..» Son frase que escuchamos con frecuencia. Según estos planteamientos, el feto es un simple apéndice materno y por tanto podría ser eliminado por la libre determinación de la madre. El argumento es un craso error biológico pues el nuevo ser tiene un código genético propio, distinto del de la madre, crece completamente diferenciado y no puede ser considerado como un aparte del cuerpo materno.

La madre puede tener cierto derecho al propio cuerpo, pero el no nacido no es parte de su cuerpo, es el cuerpo de otro ser.

 

 

 

Evita que prohíba el Gobierno la objeción de conciencia

Evita que prohíba el Gobierno la objeción de conciencia

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La ministra de Igualdad, Irene Montero sigue desplegando toda su artillería para imponer a los españoles su agenda ideológica, al más puro estilo dictatorial, emulando a sus líderes preferidos, todos ellos dictadores comunistas.

Pretende modificar la nefasta ley actual sobre “salud sexual y reproductiva” para introducir en ella todo aquello que necesita para transformarla en otra ley que acabe con la libertad de los españoles y degrade al máximo la dignidad de la persona, incluidas la dignidad de las mujeres a las que dice proteger.

NO PERMITAMOS ESTE ATROPELLO Y DIGAMOSLE A LA MINISTRA QUE SOMOS MUCHOS MÁS LOS QUE ESTAMOS A FAVOR DE LA VIDA

Firma la petición

Aprovechando la declaración del “Aborto como un derecho”, hecha recientemente por lo Unión Europea, pretende introducir en la legislación española:

· La eliminación de los tres días de reflexión y la necesidad del permiso paterno para las jóvenes de 16 y 17. Esto último fue introducido en la ley por el gobierno del Partido Popular en un alarde de “valentía” sin igual.

· «Proteger a las clínicas abortistas«, blindándolas de la presencia de movimientos ‘Provida’ y privar así a las mujeres que acuden a ellas, desesperadas porque la sociedad y, sobre todo el gobierno, las abandona sin darle otra alternativa, de una información absolutamente necesaria para tomar su decisión en libertad.

· Despenalizar definitivamente el aborto

· Eliminar la objeción de conciencia, porque dice la ministra que “este derecho no puede estar por encima del derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos”, reduciendo a los profesionales de la medicina a meros ejecutores, negándoles sus derechos “fundamentales e inalienables” de libertad, libertad religiosa y su dignidad como ser humano. A las mujeres las reduce a su dimensión material, regida únicamente por sus sentidos y caprichos y, por tanto, despreciándolas como personas

NO PERMITAMOS ESTE ATROPELLO Y DIGAMOSLE A LA MINISTRA QUE SOMOS MUCHOS MÁS LOS QUE ESTAMOS A FAVOR DE LA VIDA

Firma la petición

“La objeción de conciencia no puede estar por encima del derecho de las mujeres a decidir sobre sus cuerpos”,

la Unión Europea declaraba el aborto como un derecho después de la aprobación del Informe Matić por parte del Parlamento Europeo. Aunque este ámbito es de la competencia exclusiva de los Estados miembros,

La ministra ha anunciado sus planes de reformar la ley orgánica 2/2010 sobre salud sexual y reproductiva que quiere que se garantice que las clínicas acreditadas para la interrupción del embarazo y sus entornos sean lugares sin miembros pro vida, por lo que se penalizará la ayuda que se realice en ellas. “Es uno de los principales problemas a los que se enfrentan las mujeres que deciden abortar. El acoso no solo se produce a las mujeres que acuden, también a las profesionales”, ha comentado la responsable de Igualdad.

    “España está preparada para despenalizar definitivamente el aborto”, considera Montero, que quiere          trabajar en eliminar “las barreras que están impidiendo el acceso efectivo” de las madres al aborto.

Montero ha apuntado el supuesto “retroceso significativo” que hubo en la norma en 2015, cuando el Partido Popular introdujo la obligación de que las jóvenes de 16 a 18 años contaran con el consentimiento expreso de ambos progenitores para acceder al aborto. Su previsión es cambiar también ese requisito.

Adoración en memoria de los Santos Inocentes del SXXI

Adoración en memoria de los Santos Inocentes del SXXI

Este 28 de Diciembre, en memoria de estos santos inocentes del siglo XXI, el grupo de Jóvenes Enraizados acudió a la Misa y adoración convocadas por la asociación 40 Días Por La Vida y presididas por el obispo auxiliar de Madrid, don Santos Montoya. El evento tuvo lugar en la Colegiata de San Isidro, la antigua catedral de Madrid.

Al mismo tiempo que 300 personas rezaban pacíficamente por el fin del aborto y por las víctimas de esta cruel práctica dentro de la iglesia, 3 activistas se presentaron en la puerta del templo con el torso desnudo y velos en la cabeza simulando a la Virgen María, con mensajes pintados en el cuerpo  que leían “Voluntario sea el fruto de tu vientre” y repitiendo una y otra vez “Aborto legal, líbranos de la clandestinidad, asegura nuestras vidas, Amén”.

El día 28 de Diciembre se conmemora el día de los Santos Inocentes. Recordamos el suceso en el que, siendo aún bebés y no teniendo posibilidad de pecar, murieron todos los niños menores de dos años en lugar de Jesús recién nacido por orden del rey Herodes. Ellos son los primeros mártires, pues por un acto tirano fueron llamados a la vida eterna.

Todavía hoy mueren millones de inocentes en todo el mundo, tan solo en España 99.149 niños fueron asesinados en los vientres de sus madres en 2019. No es solo una muerte injusta, sino una tragedia para las vidas de las mujeres que quedan para siempre destrozadas por la violencia del aborto, y una privación a la sociedad de tantas personas únicas con una misión irremplazable en este mundo y en nuestras vidas.

 

Enraizados apoya la propuesta de ley provida presentada en el Parlamento eslovaco

Enraizados apoya la propuesta de ley provida presentada en el Parlamento eslovaco

Enraizados, como miembro de la FAFCE (Federación de Asociaciones Familiares Católicas Europeas), se suma a la carta de apoyo a la propuesta de ley provida presentada en el Parlamento eslovaco.

Los principales argumentos de la carta de apoyo son los siguientes:

  • Eslovaquia ratificó la Convención de la ONU sobre los Derechos del Niño (1990) cuyo preámbulo establece que “el niño […] necesita de especial defensa y cuidados, incluida la adecuada protección legal, tanto antes como después de su nacimiento” (énfasis añadido).
  • El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), en Vo v. France, declara que el no nacido “pertenece a la raza humana” (sentencia 8/7/2004, párrafo 84).
  • Mientras el derecho a la vida es un derecho humano fundamental, no existe un derecho al aborto en la legislación internacional de Derechos Humanos. En Europa, la Sala Suprema («Grand Chambre») del TEDH así lo ha afirmado en numerosas ocasiones. Mantener y fortalecer las salvaguardas existentes, como el periodo de espera, está dentro de la ley nacional e internacional, dando a la mujer el tiempo e instrumentos necesarios para considerar una decisión crucial.

Por tales razones, la carta insta encarecidamente a los parlamentarios eslovacos a votar esta propuesta de ley, apoyando la dignidad y el derecho a la vida de los niños no nacidos, así como el derecho de las mujeres a tomar una decisión informada.

La propuesta de ley incluye, entre otros, los siguientes puntos:

  • Cambiar el término legal “interrupción del embarazo” a “terminación del embarazo”.
  • Prolongar el periodo obligatorio de espera de 48 a 96 horas para mostrar toda la información que la mujer recibe del médico al solicitar el aborto.
  • Informar más a la mujer, en especial sobre la ayuda económica, social y psicológica que puede obtener del Estado o de ONGs en caso de embarazo.
  • Prohibir los anuncios de proveedores de aborto.
  • Recabar y ampliar información sobre las mujeres y sus motivos para pedir el aborto; hasta el momento las autoridades eslovacas recaban sobre todo motivos de salud, y esta propuesta tiende a recabar más motivos sociales y psicológicos.
  • Centralizar el proceso del aborto y sus proveedores en el Ministerio Eslovaco de Sanidad.
  • Publicar un informe anual del Ministerio con todos los datos relevantes sobre abortos en Eslovaquia y proponer políticas para disminuir su número.
  • Ampliar las ayudas del Estado durante la gestación y los primeros tres años del niño, tales como asignación económica y alojamiento, con especial atención en los casos de discapacidad del niño.
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