Semblanza I de Isabel la Católica

Semblanza I de Isabel la Católica

ISABEL LA REINA

Enraizados va a publicar durante los próximos meses unas líneas dedicadas a la causa de beatificación de la Reina Isabel I, las cuales consistirán en una breve semblanza, hechos históricos, documentos, imágenes, anécdotas, transcripciones de sus escritos, en fin, elementos que ayuden a conocer con mayor profundidad la vida de la, esperemos, futura Beata.

A su vez, se añadirá un apartado en donde se relaten los favores, inspiraciones, ideas y hechos acontecidos que cuenten con la intercesión de la Reina Isabel.

Concluirá con la estampa de la oración solicitando la mediación de la Sierva de Dios, para que interceda por cualquier intención y rogando por la pronta beatificación de esta mujer, reina y católica.

SEMBLANZA

Isabel nació un 22 de abril del año de Nuestro Señor 1.451, en la villa abulense de Madrigal de las Altas Torres, en la comarca de La Moraña, al norte de la provincia, según cuentan entre las cuatro y las cinco de la tarde. Lo más importante es que era jueves, no un jueves cualquiera sino JUEVES SANTO, quizá un signo de predilección de lo que será su fidelidad a Dios y su amor por la eucaristía. Su tenacidad, templanza y capacidad de gobernar se destacaban desde su niñez. Casi llegada la adolescencia, fue bruscamente separada de su madre y llevada a vivir con su hermano Alfonso, en la corte hedonista de su hermanastro el Rey Enrique IV, mostrando ya señales de su inteligencia y fortaleza.

Con el nacimiento de su querido hermano Alfonso el 15 de noviembre de 1.453, también en Madrigal de las Altas Torres, se habían cerrado las posibilidades de reinar a Isabel, siendo su futuro, una boda “de estado” con un rey, príncipe o alto dignatario de otra corte para sellar algún pacto o tratado. Esto implicaba un alejamiento de su familia y tierra. Sin embargo, Dios se llevó a su hermano en Cardeñosa el 5 de julio de 1.468, siendo enterrado en la burgalesa Cartuja de Miraflores, cerrando la sucesión varonil de la casa de Trastámara. Alfonso es conocido como “el Inocente”.

Isabel queda como única heredera del trono de su hermanastro Enrique. Se desposa con Fernando II, sucesor al trono de Aragón, quien comparte el ímpetu de su mujer, uniendo así los reinos de Castilla y de Aragón, y llevando a cabo la reunificación política de las Españas. Juntos, además de tener cinco hijos, llevarán a cabo grandes hazañas : el descubrimiento de América y su evangelización; la defensa de la dignidad de toda persona siendo especialmente la Reina precursora de los derechos fundamentales o humanos (al reconocer a los indígenas igualdad de condición en cuanto a su dignidad humana); su imprescindible aporte a la Reconquista, etc.. Isabel muere el 26 de noviembre de 1504 dejando un legado que cambió el mundo.

Destaquemos una de las virtudes de la Reina. En este caso la virtud de la obediencia, del respeto a la autoridad legítima y a la verdad. Isabel siempre reconoció a su hermano Enrique como el Rey legítimo. Aprendiendo así a obedecer, aprendió a mandar, anticipando lo que siglos después indicaría un santo español: Cuando hayas de mandar, no humilles: procede con delicadeza; respeta la inteligencia y la voluntad del que obedece.

NOTICIAS

Está anunciado el Congreso Internacional Isabel I de Castilla, una mujer, una reina, una cristiana. Se iniciará en noviembre del presente año y finalizará en el mismo mes del siguiente año. Esperemos y recemos para que durante el mismo su Beatificación sea un hecho. Se adjunta el cartel promocional.

Este es el video promocional del Congreso, en el que todos los Enraizados estaremos representados y D.M aportaremos nuestros granito de arena:

En el 2.018 se realizó el Simposio Internacional, Isabel la Católica y la Evangelización de América, entre otras muchas ponencias, por su interés reproducimos la del R.P. Javier Carnero, Postulador de la Causa, que informa sobre la misma, en este video:

FAVORES RECIBIDOS

Si cree que por la intercesión de Isabel ha obtenido algún favor: encontrar un pendiente perdido, recuperar unos documentos, encontrar un trabajo, recobrar a un amigo, etc., comuníquelo por favor a la oficina de la Causa (isabelcatolica.va@planalfa.es) con copia al correo de la Asociación Enraizados (reinaisabel@enraizados.org). No solo se precisan actos o acontecimientos extraordinarios para su inscripción en el libro de Beatos, también cabe una aureola de santidad merced a pequeños y a veces insignificantes favores obtenidos por su intercesión.

Hasta el momento uno de los más destacados es el de Roy Yearling, de Michigan (Estados Unidos), tenia diagnosticado un cáncer de páncreas en octubre de 1998 con mal pronóstico. Su esposa Sylvia y el resto de la familia empezaron a rezar desde entonces, con gran fervor, la oración a la Reina Isabel todos los días por su completa curación.

Cuando el doctor se negó a hacerle un TAC, argumentando que era perder el tiempo porque Roy iba a morir ― la “eutanasia” entonces estaba muy activa en Michigan, por el asesino “doctor” Kevorian con unas 130 muertes probadas, que fue sentenciado a una condena de entre 10 a 25 años en prisión, de los cuales sólo cumplió ocho (1999-2007) ―,   la familia encontró un nuevo médico, que le practicó finalmente la prueba el 25 de enero de 1999.

Para su sorpresa, el tumor había desaparecido. El doctor no supo qué decir a la familia del paciente cuando esta fue a visitarle, pues se había preparado para explicarles el crecimiento del tumor y se encontró con que este ya no existía. Desde entonces, Roy recuperó todas sus fuerzas y pudo volver a trabajar.

El entonces postulador de la Causa para la beatificación de Isabel la Católica, el padre claretiano Rafael Serra, visitó la casa general de Miles Jesu en Roma para obtener más información sobre la curación extraordinaria de Roy Yearling.

Miles Jesu es un Instituto de vida consagrada, fundado por el claretiano español Padre Durán en Arizona, Estados Unidos, en el que participan laicos, que tiene como una de sus principales misiones difundir la devoción a la llamada laical a la santidad, con especial devoción en sus orígenes a Isabel la Católica.

Tras aquel encuentro, el padre Serra confirmó que Roma había iniciado una investigación exhaustiva e imparcial, con médicos ateos o de otras religiones, del caso, como si se tratase de un verdadero milagro inexplicable a la sola luz de la ciencia.

La razón de Miles Jesu, de propagar la devoción a la Reina, tiene razón de ser porque a su fundador, el Padre Durán, le curó la misma Reina: Durán recibió la curación de un gravísimo derrame cerebral que le tuvo en coma 4 días, con pronósticos médicos de muerte irremediable, hasta que sanó en el mismo momento en que ofrecían por él una Misa ante la tumba de la Reina Isabel.

Por su parte, y como se recogió en el Diario ABC, Su Eminencia el cardenal Darío Castrillón Hoyos, prefecto de la Congregación para el Clero, afirmaba que el «verdadero milagro de la Reina Isabel la Católica fue América». El milagro es un milagro histórico constatable, resplandeciente y siempre creciente, que es esa América que habla y reza en español. Esa América fue impulsada en su descubrimiento, defendida en sus primeros súbditos y amparada por la Reina Católica de una forma ejemplar, no sólo como gobernante, sino como mujer de inmensa fe.

¿QUÉ PUEDO HACER?

Sabemos que lo más importante es la gracia de Dios. En sus manos está este proceso y, en realidad, toda la Historia.

Pero los Enraizados, pobremente, queremos ponernos a disposición de la gracia con nuestra oración y nuestra acción. Por ello, si quieres colaborar con el Proceso de la Reina Isabel te proponemos:

1.- Encomiéndate a ella: Reza la oración que incluimos al final de este correo como Anexo.

2.- Organiza una Misa para pedir su beatificación en el día de su «cumpleaños»: 22 de abril. Si estás interesado rellena tus datos aquí: https://forms.gle/Tk6vdxBzmej3P1j99. Acércate a tu Parroquia o Iglesia o Convento que conozcas y encarga la Misa. Rellena tus datos en este formulario . Si tienes alguna duda de cómo hacerlo llámanos  (915048065)

3- Un gran amante de la Reina ha puesto en marcha esta iniciativa sobre la Reina: https://www.facebook.com/Catolicareyna. Síguele e interactúa con este perfil

4.- Si quieres ser voluntario de esta campaña echándonos una manos en el día a día en función de tu tiempo llámanos al 915048065

5.- Recoge firmas para pedir su pronta beatificación descargándote este documento (https://drive.google.com/file/d/1bUjP5AhOQWSlrif2J8UNXRcYgPWCFggL/view?usp=sharing) y mándanoslas a reinaisabel@enraizados.org

6.- España en la Historia, iniciativa de Enraizados, apoya la Causa de la Reina publicando un artículo al mes de sus prestigiosos colaboradores. Puedes leer el primero dedicado a los años de infancia de la Reina aquí: Isabel la Católica: Hija, hermana, infanta, Princesa y Reina de Castilla – España en la historia (espanaenlahistoria.org)

5.- Escribe una carta al Papa (Twitter: @Pontifex_it o @Pontifex_es), y a la Congregación para la Causa de los Santos en el Vaticano indicándoles tu devoción a Isabel (Twitter: @CauseSanti; Correo electrónico: info@causesanti.va)

ANEXO: ESTAMPA PARA PEDIR SU INTERCESIÓN

Urgente: Pide a Vox, PP, UPN, CC, Foro Asturias que recurran la ley de eutanasia ante el Constitucional

Urgente: Pide a Vox, PP, UPN, CC, Foro Asturias que recurran la ley de eutanasia ante el Constitucional

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El pasado sábado, día 13 de marzo, ABC publicaba: “Los médicos avisan de que la ley de eutanasia se va a aplicar en España «sin garantías mínimas»”. Y también informaba de que, a diferencia de España, donde dicha ley se quiere regular en 6 meses, los últimos países que la regularon, Nueva Zelanda y el estado de Victoria (Australia), se dieron entre 12 y 18 meses para aplicar la nueva legislación.

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Pero no son estas prisas el más serio atropello contra el Derecho a la Vida, a la Libertad y a la Dignidad de los españoles, que comete el Gobierno de España con su Ley de Eutanasia, que ha sido aprobada hoy definitivamente en el Congreso y está lista para su aplicación a finales del mes de junio de este año 2021.

En una brillante conferencia pronunciada ante los amigos de Enraizados por el eminente jurista D. Julio Banacloche Palao, Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Complutense de Madrid, sobre los aspectos jurídicos de la Ley de Eutanasia en España, dejó probada su inconstitucionalidad con argumentos muy claros y contundentes.

En estas líneas resumimos los argumentos que expone el prestigioso profesor Banacloche como pruebas de inconstitucionalidad de la mencionada ley, adecuándome a la brevedad que exige este escrito, con la finalidad de pedirle su apoyo para demandar de los partidos PP, VOX, UPN y Foro Asturias, que sean diligentes en la presentación de uno o varios recursos de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucionl. Para que sea admitido a tramite basta con la firma de 50 diputados o 50 senadores (sólo los Grupos Parlamentarios lo pueden hacer, ya que el Presidente del Gobierno y/o el Defensor del Pueblo, que también podrían hacerlo, NO es de esperar que lo hagan.)

Firma esta petición para pedir a los partidos PP, VOX, UPN y Foro Asturias, que presenten con urgencia un recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Eutanasia en España. Asimismo pedimos al Constitucional que, ante la gravedad e irreparabilidad de los daños que la entrada en vigor de esta Ley inconstitucional provocará, la suspendan hasta su sentencia definitiva.

Veamos los contundentes argumentos que el catedrático D. Julio Banacloche Palao expone como prueba de que esta Ley de Eutanasia en España es inconstitucional:

LEY OPACA, porque en la práctica se ha llevado en secreto.

La ley viene directamente del Parlamento porque fue presentada como Proposición de Ley y no como proyecto de ley.

Lo normal es que el gobierno presente Proyectos de ley al Congreso, pero eso le obliga a tener en consideración una serie de informes de instituciones estatales (Ministerio Fiscal, Consejo de Estado y Consejo del poder Judicial), así como llevar a cabo un debate con la oposición y con Comités de expertos, en el Congreso, antes de su aprobación.

En el Gobierno decidieron ahorrarse estos trámites porque les ha faltado la valentía de someter la ley a contradicción, someterla a un debate de los propios órganos del Estado: tuvieron miedo de que se hicieran púbicos los muchos fallos de la ley. Sin embargo, aunque no se lo pidieron, el Comité de Bioética de España si hizo público su informe, advirtiendo de algunos peligros graves de la ley; pero el Gobierno, como era de esperar, hizo caso omiso de este informe.

Por tanto, lo primero que hay que tener claro es que el procedimiento no es el adecuado para aprobar una ley, y menos una ley de tanta trascendencia.

Firme aquí para pedir a los partidos PP, VOX, UPN y Foro Asturias, que presente con urgencia un recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Eutanasia en España.

TEXTO CONTRADICTORIO, PORQUE SE FUNDAMENTA EN UN DERECHO INDIVIDUAL QUE SE NIEGA A MUCHAS PERSONAS

En el comienza del texto se asegura que esta ley viene a desarrollar un derecho individual: el derecho a la muerte digna, el derecho a poner fin a la propia vida, por razón de la libertad y la dignidad de los ciudadanos. Pero enseguida deja claro que este derecho sólo se puede aplicar en el contexto eutanásico; es decir, a enfermos crónicos y/o terminales.

Dejemos de lado, por el momento, que tal derecho -a poner fin a la propia vida- no existe, según doctrina del TC Español y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, creado en el ámbito del Consejo de Europa. A partir de la premisa que ponen los redactores de la ley, planteamos la siguiente cuestión: si poner fin a la propia vida es un derecho individual, ¿por qué razón, no lo es para todos los españoles? ¿Por qué no puede pedir la eutanasia, por ejemplo, una viuda que se ha quedado sola en la vida -sin hijos, ni nietos, ni nadie que le haga compañía- para quien la vida carece de cualquier sentido y valor?

La experiencia cotidiana nos muestra que, ante alguien que desea suicidarse, la respuesta de la gente y del Estado no es darle facilidades; antes bien, por el contrario, tratarán de ponérselo difícil y procurarán convencerle de que desista de su idea.

No te olvides de añadir tu firma aquí para pedir a los partidos PP, VOX, UPN y Foro Asturias, que presenten con urgencia un recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Eutanasia en España.

LEY INCOMPATIBLE CON LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA Y CON EL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS

Esta ley oculta la realidad jurídico-constitucional de la vida de cualquier persona vista desde el Estado; no vista desde nuestra opinión, o la suya, o la del otro; sino vista desde la opinión del Estado. Es decir, el Estado ordena la intervención de sus órganos y poderes y fuerzas cuando una persona se quiere quitar la vida: manda a los Bomberos, a la Policía, a un Psicólogo; pone en juego todos los recursos a su alcance para evitar ese suicidio. Pues bien, ahora, con esta Ley de Eutanasia, se nos pretende convencer de que ese mismo Estado que tiene que evitar que el suicida se quite la vida, sea el que acabe con la vida del enfermo terminal o crónico, que éste se lo pida.

LEY SENCILLA Y TAMBIÉN MUY TRAMPOSA

Según el Profesor Banacloche Palao, hay esencialmente tres puntos por los que podemos afirmar que esta ley es anticonstitucional:

El primero y principal es vulnerar el artículo 15 de la Constitución que afirma expresamente: todos tienen derecho a la vida. Y con esta Ley el Estado pone fin ala vida de una persona. Se dirá que es con el consentimiento de esa persona; pero la cuestión clave es si ese consentimiento es vinculante para el Estado o no lo es.

Banacloche, a partir de una comparativa con la Ley del Aborto, concluye que dicha autorización del particular no obliga al Estado a aplicarle la muerte que él pide, porque los derechos que invoca la ley (dignidad, libertad e intimidad) no tienen entidad para que se pueda entender que colisionan con el derecho a la vida. Por lo tanto, no pueden justificar que el Estado ponga fin a la vida de una persona.

Por otro lado, el TC ya se ha pronunciado en casos de esta índole en el pasado: En los años 80, el TC dio por buena la sentencia de un juez que ordenó que se diera alimentación forzosa a un grupo de los presos de GRAPO, en huelga de hambre para reivindicar sus ideas, con el fin de evitar su muerte. El Estado actuó correctamente protegiendo la vida de esos presos. Hay más ejemplos.

Por lo tanto, cuando oigamos, que se oye mucho: que hay derecho a la muerte digna, es muy importante que tengamos claro que eso, NO es verdad. A lo que tenemos derecho es a una vida digna hasta el final. Lo que tiene que ser digna es la vida hasta el final. Y el Estado tiene la obligación de protegerla. NO hay derecho a la muerte, ni digna, ni indigna.

LA LEY DE EUTANASIA NO RESPETA EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD

Según este principio de proporcionalidad, para este caso que nos ocupa, para que fuera aceptable proponer y aprobar una ley de eutanasia en España, antes debería estar desarrollado en todo el territorio nacional un Sistema de Cuidados Paliativos al alcance de todos los españoles. Esto es así porque a un problema en que se ven afectados derechos fundamentales de las personas, NO se puede ofrecer solución, a dicho problema, mientras no se hayan intentado todas las otras soluciones que sean menos gravosas para las personas. Y, evidentemente, quitar la vida a una persona es peor que quitarle el dolor, mediante los cuidados paliativos.

LA LEY Ignora el papel de los jueces para la protección de los derechos fundamentales.

En el procedimiento previsto para la aplicación de la eutanasia, NO se concede ninguna intervención a los jueces, que son los encargados de velar porque se respeten los derechos de los ciudadanos y las instituciones; pero en la práctica, es evidente que los tribunales de justicia tendrán que intervenir en muchos casos.

Por último tampoco es legítimo ni legal obligar a aquellos profesionales que se nieguen a matar a un paciente o a colaborar en su suicidio que se den de alta en un registro.

No te pierdas la conferencia sobre eutanasia en directo en Youtube

No te pierdas la conferencia sobre eutanasia en directo en Youtube

El próximo jueves 11 de marzo emitiremos en directo por Youtube y en Google Meet a las 19:00 h (hora española) la conferencia sobre la Eutanasia, que lleva por título: ‘¿Qué se esconde tras la nueva ley de eutanasia?’ que impartirá el catedrático de Derecho Procesal, de la Universidad Complutense de Madrid, Don Julio Banacloche Palao.

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En esta sesión el profesor Banacloche abordará la nueva ley de eutanasia, con todas sus implicaciones, especialmente legales, dada su formación jurídica, de este proyecto de ley, ya aprobada en el Congreso, y que será previsiblemente refrendada en el Senado español.

Pero, ¿cómo se ha llegado hasta aquí? Sin lugar a dudas, la aprobación de esta indigna ley ha llevado consigo un trabajo de décadas de propaganda política y de ocultación de la verdad, para ocultar todos los riesgos y cuestiones éticas que plantean para los más indefensos de la sociedad, como son los enfermos terminales. Y esto lo hacen, algunos políticos y personas sin el menor escrúpulo moral o ético, mediante eufemismos y manipulación del lenguaje, propio de regímenes totalitarios. Por poner un ejemplo, se habla intencionadamente de la ‘muerte digna’, para en lugar de hacer referencia a la muerte natural y dando alivio al paciente que sufre en sus dolores, con los cuidados paliativos (la medicina ha avanzado enormemente en este aspecto, y ha mejorado notablemente la calidad de vida de los pacientes); se refieren más bien a la muerte provocada por medios artificiales (en principio solicitada por el paciente, pero ya sabemos que hay casos en los que no puede decidir libremente, y son otros los que toman esta decisión en su lugar).

No te pierdas la conferencia, conéctate en Youtube en el siguiente enlace: https://youtu.be/3GiTW5lelC8

 

#EspañaEnLaHistoria. 27 de diciembre de 1512. Fernando el Católico firma las Leyes de Burgos, nacimiento de los Derechos Humanos

#EspañaEnLaHistoria. 27 de diciembre de 1512. Fernando el Católico firma las Leyes de Burgos, nacimiento de los Derechos Humanos

Los españoles hemos sido pioneros en muchas cosas y pocas veces se nos reconoce esta particularidad. A penas se reconoce la capacidad de nuestros antepasados de realizar enormes conquistas con medios insignificantes, tan solo paliados con enormes cantidades de voluntad y esfuerzo. Esta falta de reconocimiento empieza en nuestras propias aulas. Yo, en mis libros de texto, nunca leí lo que a continuación voy a reseñar.

En un frío 27 de diciembre de 1512 y apenas un año después de que el dominico Antonio de Montesinos acusara al virrey Diego Colón de maltratar a los súbditos indígenas oriundos del nuevo continente descubierto en 1492, en Burgos el rey Fernando II el Católico firmaba unas leyes que no tenían precedente en toda la jurisprudencia conocida hasta la fecha.

Pongamos en contexto el acontecimiento. Cristóbal Colón había descubierto un camino hacia nuevas tierras, pero estas no ofrecían las riquezas que el descubridor anunciaba. No fue hasta 1519 que se descubrieron los imperios indígenas de Centroamérica y las riquezas que en ellos había. Hasta 1511, la explotación de las islas caribeñas se basaba en la agricultura de las especies originarias de América y que empezaban a encontrar mercado entre las clases pudientes de España. En resumen, el descubrimiento era un motivo de curiosidad, pero no aportaba gran cosa a las arcas reales. Las guerras europeas en las cuales se había empezado a embarcar Castilla y Aragón se continuaban financiando con las rentas de la lana de las ovejas de la meseta.

¿A qué venía el interés del monarca en legislar específicamente para aquellos lejanos lugares? Podemos decir muchas cosas, que si la reina Isabel había redactado un testamento en el cual se preocupaba de sus nuevos súbditos, que si los dominicos presionaban para mejorar sus condiciones de vida. En fin, mucha palabrería que esconde la simple realidad. En un mundo cruel y duro, los Reyes Católicos, siempre tuvieron presente que gobernaban no para su beneficio personal sino para el bien del pueblo.

El hecho es que las Leyes de Burgos fueron el resultado de un interés genuino en luchar por los derechos humanos universales de la forma que hoy entendemos. No fueron unos preceptos rápidamente redactados, si no el resultado de profundas discusiones entre eminentes juristas de la época. Y el hecho no quedo ahí. Su aplicación en América no fue fácil y la corona española continuó trabajando para su mejora y revisión. No fue un texto muerto. Fue una ley viva en constante mejora y adaptación a la evolución cambiante en el Nuevo Mundo.

Manuel de Francisco

 

#EspañaEnLaHistoria. 27 de diciembre de 1512. Se promulgan las Leyes de Burgos, cimientos de los Derechos Humanos

#EspañaEnLaHistoria. 27 de diciembre de 1512. Se promulgan las Leyes de Burgos, cimientos de los Derechos Humanos

Los-cimientos-de-los-Derechos-Humanos.

(Del libro “Un día, una historia”, de Jaime Retena, promovido por la Fundación Villacisneros)

Se promulgan las Reales Ordenanzas dadas para el buen regimiento y tratamiento de los indios, más conocidas como Leyes de Burgos (1512).

El famoso sermón de adviento del dominico Fray Antón de Montesinos (1475-1540), influiría posteriormente en Fray Bartolomé de las Casas, en Santo Domingo, que denunció el maltrato a los nativos, y preocupó a Fernando el Católico, lo que precipitó la convocatoria de la Junta de Burgos.

La legitimidad de la conquista y colonización del Nuevo Mundo solo era posible, gracias a la bula papal, si se cristianizaba a sus habitantes. Llevar a cabo esta misión solo era posible desde el respeto al prójimo.

Por eso, la aprobación de las Leyes de Burgos fue un gran avance en su tiempo, que determinó el nacimiento del Derecho Internacional y el reconocimiento de los Derechos Humanos. Estas leyes regulaban el régimen de los indios, y se reconocía por primera vez su condición de hombres libres y titulares de derechos humanos básicos, como los de la libertad y la propiedad.

También, el 27 de diciembre de:

  • 1065: Fallece Fernando I, que había unido Castilla y León.
  • 1350: Nace Juan I, rey aragonés (fallece en 1396).
  •  1985: Barcelona solicita oficialmente la organización de los Juegos Olímpicos.
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